El TSJ rechaza una reclamación contra en ayuntamiento de un conductor que chocó con una arqueta

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    solo publicita el Ayto. y sus medios las sentencias que les son favorables.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    Otro notición más…

  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

    solo sabeis atacar al ayuntamiento seguro k es socialista el del juicio solo saben atacar y joder a los demas porque estais encendios

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El TSJ rechaza una reclamación contra en ayuntamiento de un conductor que chocó con una arqueta

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    solo publicita el Ayto. y sus medios las sentencias que les son favorables.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

    solo sabeis atacar al ayuntamiento seguro k es socialista el del juicio solo saben atacar y joder a los demas porque estais encendios

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    solo publicita el Ayto. y sus medios las sentencias que les son favorables.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

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  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

    solo sabeis atacar al ayuntamiento seguro k es socialista el del juicio solo saben atacar y joder a los demas porque estais encendios

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La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

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La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

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  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Antonio
    20 mayo, 2010 a las 0:00

    Lo de la zona infantil del parque Ginés Ibáñez es lamentable, se pasan los días y allí no hacen nada, como sigan así lo van a terminar para el invierno. Esto son obras que deberían de haberse terminado ya hace bastantes días para que los críos las pudieran aprovechar. Menos mal que la de Juan Carlos I por fin se va a abrir.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  3. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  4. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  5. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

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  6. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  7. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

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    2 agosto, 2010 a las 0:00

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  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

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  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

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  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

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La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

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La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

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La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

0 comentarios en El TSJ rechaza una reclamación contra en ayuntamiento de un conductor que chocó con una arqueta

  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    solo publicita el Ayto. y sus medios las sentencias que les son favorables.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    Otro notición más…

  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

    solo sabeis atacar al ayuntamiento seguro k es socialista el del juicio solo saben atacar y joder a los demas porque estais encendios

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El TSJ rechaza una reclamación contra en ayuntamiento de un conductor que chocó con una arqueta

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    solo publicita el Ayto. y sus medios las sentencias que les son favorables.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    Otro notición más…

  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

    solo sabeis atacar al ayuntamiento seguro k es socialista el del juicio solo saben atacar y joder a los demas porque estais encendios

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El TSJ rechaza una reclamación contra en ayuntamiento de un conductor que chocó con una arqueta

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    solo publicita el Ayto. y sus medios las sentencias que les son favorables.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    Otro notición más…

  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

    solo sabeis atacar al ayuntamiento seguro k es socialista el del juicio solo saben atacar y joder a los demas porque estais encendios

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El TSJ rechaza una reclamación contra en ayuntamiento de un conductor que chocó con una arqueta

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor que demandó a ayuntamiento de Cehegín con la pretensión de ser indemnizado por los daños sufridos al colisionar contra una arqueta de riego.

La sentencia a la que ha tenido acceso Efe indica que del accidente, que se produjo al colisionar el conductor contra una arqueta, no es responsable el municipio, "porque la vía, aunque no fuera muy ancha, sí lo era lo suficiente para haber pasado por ella sin chocar, de haber llevado la velocidad y el cuidado adecuados".

"Basta observar las fotografías aportadas por el apelante -dice el TSJ- para apreciar que, aunque existieran algunos arbustos en el margen del camino, la arqueta era perfectamente visible, por lo que de haber acomodado el apelante la conducción a las condiciones de la vía la colisión no se hubiera producido".

Dice también la sala que el conductor accidentado debió tener en cuenta las circunstancias del camino, especialmente su estrechez, que era de doble sentido y que no existían señales que separaran los dos carriles.

El TSJ confirma así la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso-administrativo que rechazó la reclamación formulada por el accidentado, al que impone el pago de las costas generadas por su recurso.

Fuente: Agencia EFE

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  1. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    solo publicita el Ayto. y sus medios las sentencias que les son favorables.

  2. Anónimo
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    Otro notición más…

  3. UN CEHEGINERO
    2 agosto, 2010 a las 0:00

    ¿ acaso tiene el ayuntamiento sentencias condenatorias?. Que las publique.

  4. Anónimo
    3 agosto, 2010 a las 0:00

    Por que no publicais las cosas que este ayuntamiento hace mal,que son unas cuantas.

  5. MARTIN DE AMBEL
    4 agosto, 2010 a las 0:00

    ??? y esto para que ??? para polemizar, no entiendo a que cuento estas noticias, como si no hubiera en el pueblo cosas que contar…maria….santisima…

  6. ma
    6 agosto, 2010 a las 0:00

    solo sabeis atacar al ayuntamiento seguro k es socialista el del juicio solo saben atacar y joder a los demas porque estais encendios

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